Cambio Climático
EL CAMBIO CLIMÁTICO
Se llama cambio climático a la modificación del clima con respecto al historial climático a una escala global o regional. Tales cambios se producen a muy diversas escalas de tiempo y sobre todos los parámetros meteorológicos: temperatura, presión atmosférica, precipitaciones, nubosidad, etc. En teoría, son debidos tanto a causas naturales (Crowley y North, 1988) como antropogénicas (Oreskes, 2004).
El cambio climático es un fenómeno que afecta a la comunidad mundial, no conoce fronteras y la gravedad de sus impactos no se basa en el nivel de contribución al problema; por el contrario, los países que históricamente han contribuido con los mayores niveles de emisiones de gases de efecto invernadero suelen ser los menos afectados.
Por esta razón, el artículo 9 del Acuerdo de París adoptó el principio de “responsabilidad común pero diferenciada”, que establece que las naciones desarrolladas deben proporcionar recursos financieros para apoyar a los países en desarrollo a mitigar los impactos del cambio climático y liderar la movilización de capacidades financieras y técnicas.
Para avanzar con este objetivo, el Mecanismo Financiero fue creado por la CMNUCC. Este mecanismo decide las políticas de cambio climático, las prioridades de los programas y los criterios de elegibilidad para la financiación, y también rinde cuentas a la Conferencia de las Partes.
El 12 diciembre de 2015, en la COP21 de París, las Partes de la CMNUCC alcanzaron un acuerdo histórico para combatir el cambio climático y acelerar e intensificar las acciones e inversiones necesarias para un futuro sostenible con bajas emisiones de carbono. El Acuerdo de París se basa en la Convención y, por primera vez, hace que todos los países tengan una causa común para emprender esfuerzos ambiciosos para combatir el cambio climático y adaptarse a sus efectos, con un mayor apoyo para ayudar a los países en desarrollo a hacerlo.
La Convención establece que el funcionamiento del mecanismo financiero puede confiarse a una o más entidades internacionales existentes. El Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) ha servido como entidad operativa del mecanismo financiero desde la entrada en vigor de la Convención en 1994. En la COP 16, en 2010, las Partes establecieron el Fondo Verde para el Clima (GCF) y en 2011 también lo designaron como un entidad operativa del mecanismo financiero. El mecanismo financiero es responsable ante la COP, que decide sobre sus políticas, prioridades del programa y criterios de elegibilidad para la financiación. Además de brindar orientación al FMAM y al GCF, las Partes han establecido dos fondos especiales: el Fondo Especial para el Cambio Climático (SCCF) y el Fondo para los Países Menos Desarrollados ( LDCF ), ambos administrados por el FMAM, y el Fondo de Adaptación (AF) establecido bajo el Protocolo de Kyoto en 2001.
El termino Antropogénico se refiere a los efectos, procesos o materiales que son el resultado de actividades humanas a diferencia de los que tienen causas naturales sin influencia humana.
La Convención establece que el funcionamiento del mecanismo financiero puede confiarse a una o más entidades internacionales existentes. El Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) ha servido como entidad operativa del mecanismo financiero desde la entrada en vigor de la Convención en 1994. En la COP 16, en 2010, las Partes establecieron el Fondo Verde para el Clima (GCF) y en 2011 también lo designaron como un entidad operativa del mecanismo financiero. El mecanismo financiero es responsable ante la COP, que decide sobre sus políticas, prioridades del programa y criterios de elegibilidad para la financiación. Además de brindar orientación al FMAM y al GCF, las Partes han establecido dos fondos especiales: el Fondo Especial para el Cambio Climático (SCCF) y el Fondo para los Países Menos Desarrollados ( LDCF ), ambos administrados por el FMAM, y el Fondo de Adaptación (AF) establecido bajo el Protocolo de Kyoto en 2001.